Ratifican condena de 36 años de cárcel por víctima descuartizada en Talca

En segunda instancia judicial, la Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de nulidad que presentó la Defensoría Penal Pública para dejar sin efecto el juicio en el Tribunal Oral de esta ciudad y la condena que suma 36 años de cárcel por el caso de una víctima que fue asesinada y su cuerpo descuartizado.

Los hechos ocurrieron el 28 de noviembre de 2022 en los departamentos vandalizados de la etapa IX de la Villa Las Américas, en el barrio norte de Talca, los cuales que estuvieron «tomados» por diversas bandas delictuales y migrantes, entre ellas, una célula del Tren de Aragua, un peligroso grupo criminal oriundo de Venezuela. Se trata de Edgard René Fuenzalida Aguilera y Daniela Estefanía Ramos Soto, quienes conformaban una banda de traficantes conocida como «Los Guatones», los cuales recibieron penas de 18 años cada uno por el delito de homicidio calificado con la circunstancia de alevosía.

Según explica la sentencia, los condenados conocían a la víctima, Víctor Luis Vega Guerrero. porque le proveían de droga y como Vega Guerrero no tenía cómo pagar, trabajaba para los acusados, cocinando y haciendo el aseo en el departammento que ocupaba la pareja de traficantes; además, les llevaba vehículos que él robaba para que los redujeran, creándose una relación de confianza, hasta que ocurrió el incidente de la desaparición de una bandeja de plata, que fue vendida por él, lo que causó el ataque de la pareja con un cuchillo y golpes de pies y puño, hasta causarle la muerte. Posteriormente, el cuerpo fue desmembrado y quemado, dejando sus osamentas en la comuna de Pelarco.

La defensa presentó un recurso de nulidad que fue objeto de alegatos y sentencia en la primera sala de la Corte de Apelaciones de Talca. Allí se escuchó a la Defensoría Penal Pública, la Unidad de Delitos de Alta Complejidad de la fiscalía de Talca y el Centro de Atención a Víctimas dependiente de la Corporación de Asistencia Judicial, en calidad de querellante.

Tras revisar todos los antecedentes, el máximo tribunal regional decidió lo siguiente en la parte resolutiva: «Por las anteriores consideraciones y de acuerdo con lo prevenido en los artículos 297, 352, 360, 372, 373 letra b), 341, 342 letra c), 376 y 384 del Código Procesal Penal, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por don Sebastián Ignacio Carrazana Gálvez, Defensor Penal Público Licitado, en representación de Edgard Fuenzalida Aguilera y Daniela Ramos Soto en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal Oral en lo Penal de Talca el día veintiséis de enero de 2024, y se declara que dicha sentencia no es nula».

Se trata de los ministros, Carlos Carrillo y Gerardo Bernales, junto a la abogada integrante, Camila Araya. Un dato relevante es que el ministro Carrillo fue voto disidente respecto a una de las causales alegadas por la Defensoría Penal Pública, donde pedía rebajar la condena. Al respecto, el ministro Carrillo estuvo por acoger dicha causal y reducir la sanción a 15 años de cárcel para cada uno de los condenados.  Tras la sentencia de segunda instancia judicial que es definitiva e inapelable, el expediente virtual volverá al Tribunal Oral de Talca y, desde allí, será derivada al Juzgado de Garantía de Talca, donde se dictará el «cúmplase» y se ordenará a Gendarmería calcular los días que restan a los imputados para cumplir la condena, atendido que se encuentran a la fecha en prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad, pasando a la calidad de «reos rematados»

 Fuente: www.diariotalca.cl

Canal 11