Una pena efectiva de presidio perpetuo deberá cumplir Francisco Alejandro Jiménez Fuentes de 23 años, como autor del delito de violación con homicidio y hurto cuya víctima, una mujer de 67 años, fue encontrada a orillas de un canal de regadío en el sector Huapi de la comuna de Linares.
Gracias a las diligencias encabezadas por el Ministerio Público y ordenadas a la PDI, por medio de peritajes de ADN se pudo identificar al autor de este hecho que tal como se señala en la acusación presentada por la fiscalía, luego de golpear a la mujer, violarla y darle muerte la noche del 26 de abril y la madrugada del 27 del año 2018 “envolvió el cuerpo de la mujer en un cobertor, la subió a una carretilla que estaba en el domicilio y la llevó hasta un canal de regadío existente a unos 50 metros de la casa habitación, lanzándola a las aguas, que por su caudal causó el arrastre de dicho cuerpo varios metros hacia el poniente, donde posteriormente fue encontrado. Después de eso, regresó a la casa con la carretilla, la dejó en el lugar, tomó la almohada con sangre y la tiró sobre el techo de la casa y cerró el candado con la cadena en la misma posición que la dejaba la ofendida”.
Tras la lectura de la sentencia la Fiscal María Teresa Recabarren a cargo de la investigación y presentar todos los antecedentes en juicio, señaló que “ante el tribunal en lo penal de linares se realizó el juicio que duró cerca de una semana y media, después de un arduo trabajo de la fiscalía y la policía se logra acreditar el delito ocurrido el año 2018 donde resulta fallecida una persona de sexo femenino en el sector de Huapi en Linares. El tribunal dicta sentencia de condena por el delito de violación con homicidio además de un delito de hurto simple, sentenciándolo a pena de presidio perpetuo simple y a 61 días y al pago de 5 Unidades Tributarias Mensuales por el delito de hurto. Por todo lo anterior nos encontramos satisfechos como fiscalía tras la sentencia pronunciada por el tribunal”.
De esta forma Jiménez Fuentes deberá pasar toda su vida en prisión teniendo sólo la posibilidad, después de haber cumplido 20 años de pena efectiva, de postular a algún tipo de beneficio intrapenitenciario.